Cooperación con el tutor y el director

1. El Comprador sólo puede tener un número de registro y un Mentor. Cada comprador tiene un Mentor, en casos excepcionales, a petición personal, el Comprador puede ser registrado sin Mentor. Si el Comprador no conoce el número personal del Mentor, o se registra por su cuenta, su Mentor será determinado automáticamente por la Compañía entre los participantes en el plan de marketing, sobre una base territorial.

2. Como Mentor, el Comprador no tiene derecho en ningún caso a ofrecer el registro de su estructura a un Comprador ya registrado.

Cuando se establezca el hecho de la reinscripción del Comprador, incluso de acuerdo con los datos personales de los familiares, el nuevo número de registro en una estructura diferente será eliminado sin guardar los datos sobre el número eliminado. El mentor, en cuya estructura se produjo el nuevo registro, será multado con el 50% de la remuneración en virtud del Plan de Marketing para el último período de facturación, en caso de violación repetida - una multa del 100% de la remuneración para el último período de facturación. En caso de una tercera violación de las normas de trabajo de la Compañía - la eliminación del número de registro, y la pérdida de todos los privilegios alcanzados anteriormente.

El Director - Mentor del Comprador recibe una advertencia. La revelación del hecho repetido de reinscripción del (de los) Comprador(es) en la estructura del Director ya advertido conlleva una penalización por importe del 100% de la remuneración sin preaviso, que se cobra en el siguiente periodo de facturación.

El Director - Mentor está obligado a informar por escrito a la Compañía sobre la reinscripción en su estructura y solicitar la eliminación de los datos del Comprador reinscrito en su estructura, en este caso, queda liberado de responsabilidad.

3. El mentor está obligado a informar a la dirección de la Empresa sobre cualquier violación de las Normas de la Empresa que se produzca en su Grupo Personal.

4. El mentor está obligado a seguir las Reglas vigentes en la Compañía y las instrucciones adicionales publicadas en las publicaciones y materiales oficiales de la Compañía.

5. El mentor debe realizar un trabajo mensual con su grupo: desarrollar el grupo atrayendo nuevos Compradores; ayudar, guiar, motivar a sus Compradores, mantener un contacto constante con sus Compradores, informándoles sobre las reuniones del grupo, las clases y la formación;

6. El mentor está obligado a dar a conocer a los Compradores las Normas vigentes en la Empresa, así como a vigilar la cooperación con estas Normas por parte de los Compradores de su grupo.

7. Desde el momento de confirmar el estatus, el Director de la Empresa no tiene derecho a cooperar con empresas de MLM o de venta directa que vendan el mismo surtido o similar, así como a involucrar a Compradores de la red de la Empresa en dichas actividades.

8. Tenga en cuenta que las asociaciones entre la Empresa y el Comprador, a partir del estatus de Socio ( 12% basado en el Plan de Marketing), pueden formalizarse mediante un Contrato de Servicios, en base al cual la remuneración calculada según el Plan de Marketing se transfiere a la cuenta corriente del Comprador.

 

 

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